Indulgencia Plenaria para los miembros del Regnum Christi
La Indulgencia Plenaria es una gracia especial, concedida por el Santo Padre a los miembros de la Iglesia católica, en situaciones particulares y bajo condiciones específicas. Se llama indulgencia plenaria porque suprime plenamente la pena que se debe pagar por los pecados cometidos y confesados hasta ese momento. Esta pena (de no contar con la indulgencia plenaria) se paga de dos formas: con los sufrimientos y obras buenas de esta vida o con un tiempo en el purgatorio.
En los fieles, con el deseo de alcanzar esta gracia, la caridad se enciende, el espíritu de oración se consolida, se robustece consecuentemente el vínculo jerárquico y piadoso con el Vicario de Cristo y, por ello, el celo apostólico aumenta y se traduce en obras para cooperar en la llegada del Reino de Cristo en todo el mundo de manera plena.
Al Regnum Christi y todos sus miembros se les ha concedido, por mandato del Sumo Pontífice, la Indulgencia Plenaria con las habituales condiciones: tener la disposición interior de un desapego total del pecado; la confesión sacramental (20 días antes o 20 días después); la comunión eucarística y la oración por las intenciones del Papa.
Los momentos en los cuales es posible alcanzar la Indulgencia Plenaria para los miembros del Regnum Christi son:
Asociación al Regnum Christi
El día de su asociación al Regnum Christi, cuando emitan la promesa, por lo menos privada, de observar fielmente sus Estatutos.
Ejercicios espirituales
Tras concluir los ejercicios espirituales anuales o triduos en los que renueven esta misma promesa.
Cristo Rey del Universo
El día de la solemnidad de Cristo Rey del Universo y en la memoria litúrgica de la Virgen de los Dolores, ante el Santísimo Sacramento o delante de una imagen de la Virgen Dolorosa, cuando hayan recitado piadosamente la profesión de fe y la oración dominical.